Entra en vigor la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal, y aquí te damos algunos puntos que debes saber para que no abusen de tus derechos o para que los hagas cumplir.
Esta prohibido fumar en:
- PEspacios cerrados de acceso al público.
- Oficinas del Gobierno.
- Hospitales.
- Escuelas.
- Cines y auditorios.
- Así como en el transporte público
2. Se puede fumar:
- En la vía pública mientras que el humo no penetre a espacios cerrados.
- En habitaciones de hoteles que esten destinadas a fumadores.
3. La policía sólo puede intervenir para:
Pedir a los que fumen en lugar prohibido a apagarlo o a transladarse a las áres determinadas para este fin, de negarse, pueden pedir que abandonen el lugar y en última instancia se debe llevar al infractor ante un juez cívico.
jueves, 3 de abril de 2008
Entra en vigor la Ley de Protección a la Salud
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